ADOCCO Respalda Reglamento de Aplicación de la Ley de Naturalización

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A juicio de la entidad de la sociedad civil la aplicación de la Ley y el Reglamento, vienen a solucionar un problema humanitario, ya que establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio dominicano y que no figuran inscritas en el Registro Civil.
A juicio de la entidad de la sociedad civil la aplicación de la Ley y el Reglamento, vienen a solucionar un problema humanitario, ya que establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio dominicano y que no figuran inscritas en el Registro Civil.

SANTO DOMINGO DE GUZMAN, RD.- La Alianza Dominicana Contra la Corrupción, ADOCCO, respaldo el Reglamento de Aplicación de la Ley 169-14, emitido por el Poder Ejecutivo, mediante el decreto 250-14, al tiempo de señalar que en modo alguno contraviene la legislación en la materia y menos la Constitución de la República Dominicana, argumentos esgrimidos por algunos sectores que se oponen a la solución de un problema que no fue creado por el presidente Danilo Medina y que sin embargo ha realizado cuanto esfuerzo sea necesario para restablecer los derechos de miles de ciudadanos que han sido declarados muertos civiles por la falta de documentación que los acredites como ciudadanos por la falta reiterada del estado dominicano por más de cincuenta años.

A juicio de la entidad de la sociedad civil la aplicación de la Ley y el Reglamento, vienen a solucionar un problema humanitario, ya que establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio dominicano y que no figuran inscritas en el Registro Civil, lo que no constituye una concesión  de la nacionalidad dominicana, por lo que las personas que se sometan al proceso de regularizarse tienen que aportar al Ministerio de Interior y Policía elementos de pruebas irrefutables de haber nacido en la República Dominicana y luego de comprobarse que los datos aportados constituyen pruebas fehacientes, dos años después, tendrán la opción de solicitar que se les conceda la nacionalidad dominicana.

El Reglamento obliga a cumplir en la práctica con un plazo de 90 días para que las personas aludidas en la ley, con posibilidad de obtener su regularización migratoria, puedan hacer los primeros trámites hacia la naturalización, la ley lo que hace es incorporar modificaciones a puntos muy especiales, teniendo en cuenta la naturaleza de la situación creada con la permanencia en el país y sin ningún control, de los inmigrantes irregulares y de los hijos de esos extranjeros.

ADOCCO, se identifico con lo planteado por el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo y miembro de la comisión encargada de redactar el reglamento de aplicación de la ley Cesar Pina Toribio que señalo que la “Ley 169-14 mide el alcance del Plan Nacional de Regularización y establece un procedimiento para que hijos de extranjeros, cuyo nacimiento en el país se pueda comprobar, accedan a la naturalización como resultado de ese procedimiento, no por una decisión inmediata y directa. Afirmó que esos mecanismos evitarán el que otorgue la nacionalidad dominicana a cualquier persona”.

La organización que lucha contra la corrupción, destacó que con la ley y su reglamento, el presidente Danilo Medina no solo responde a la necesidad de que se le reconozca el derecho a esos ciudadanos, sino que evita que la República Dominicana continúe siendo condenada por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos por negarse a reconocer la condición jurídica de quienes nacieron aquí, durante la aplicación de una constitución que no contemplaba la condición de que para ser dominicano habiendo nacido en la República Dominicana sus padres debían tener un status legal, como establece la proclamada constitución del 2010, concluyó.