PLD dice apoya gestiones permitan voto de dominicanos en el exterior

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Temistocles Montas, presidente del PLD.

SANTO DOMINGO,  RD.- El Partido de la Liberación Dominicana (PLD)  solicitó a la Junta Central Electoral (JCE) tratar de obtener respuestas oficiales de las autoridades de los  108 territorios que componen las tres Circunscripciones Electorales en el Exterior.

Mediante  documento depositado este martes en la Secretaria General del órgano de comicios, solicita a la JCE encausar  sus mejores esfuerzos para que los dominicanos residentes en esos lugares puedan ejercer su derecho al voto en las elecciones convocadas para el 5 de julio próximo.

Dice que cumple de esta forma con el  tiempo hábil con el plazo dado por el Pleno del tribunal para que los partidos realizaran sus recomendaciones con miras al voto dominicano en el exterior en las venideras elecciones.

A continuación el texto íntegro del documento:

“Consciente de que a raíz del impacto de la pandemia COVID-19 y las medidas de distanciamiento social que han impuesto las autoridades en los países y ciudades donde reside la diáspora dominicana, aún no se tiene una claridad meridiana sobre la forma en que se organizaría el proceso de votación; ya que la decisión al respecto compete a las autoridades de cada país, el PLD ha requerido a la JCE que interponga sus valiosos oficios y haga sus mejores esfuerzos para obtener de las autoridades oficiales de los países y ciudades correspondientes los permisos de lugar que permitan a los dominicanos en el exterior a que puedan efectivamente participar en las próximas elecciones generales del 5 de julio de 2020, a los fines de que “nuestra importante y valiosa diáspora dominicana pueda ejercer sus derechos constitucionales de elegir y ser elegidos”, se precisa en la comunicación dirigida al Presidente de la Junta Central Electoral, Julio Cesar Castaños Guzmán y los demás miembros del Pleno de la JCE , rubricada por Temístocles Montás, presidente del PLD  y  José Ramón Fadul delegado ante la Junta Central Electoral.

En vista de que el artículo 22.1 constitucional establece como Derechos de ciudadanía el derecho de elegir y ser elegibles para los cargos que establece la Constitución, los ciudadanos dominicanos residentes en el exterior también gozan de dichos derechos.

En vista de que el artículo 81.3 constitucional establece que la Cámara de Diputados está compuesta, entre otros, por siete diputadas o diputados elegidos en representación de la comunidad dominicana en el exterior, cuya forma de elección y distribución será determinada por la ley, la diáspora dominicana no sólo tiene derecho a elegir al presidente y vicepresidente de la República, sino que también tiene derecho a elegir, a través de circunscripciones electorales, a una verdadera representación local de las comunidades en las que residen en el exterior, facultad que también se encuentra estipulada en el artículo 106 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral No. 15-19.

Reconoce el PLD las medidas adoptadas por la Junta Central Electoral para el montaje de las elecciones en el extranjero, así como el apoyo que el Gobierno dominicano ha brindado y continúa brindando, a través de las embajadas y consulados, a los fines de facilitar el voto dominicano en el exterior”.