Dejan en libertad Jochi Gómez por desestimiento de querellantes

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La magistrada adoptó su decisión, tras acoger un pedimento de los juristas Carlos Olivares y Carlos Balcácer abogados deGómez Canaán (Jochy) que pidió que finalice la persecución penal contra su cliente por falta de acusadores y en su defecto emita un auto de no ha lugar.
La magistrada adoptó su decisión, tras acoger un pedimento de los juristas Carlos Olivares y Carlos Balcácer abogados deGómez Canaán (Jochy) que pidió que finalice la persecución penal contra su cliente por falta de acusadores y en su defecto emita un auto de no ha lugar.

SANTO DOMINGO DE GUZMAN, RD.- La juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero dejan en libertad a José Ángel Gómez Canaán (Jochi), acusado de hackear o acceder de manera ilegal a los correos electrónicos de empresarios, funcionarios y políticos, tras ordenar la extinción penal por desistimiento de los querellantes.

La magistrada adoptó su decisión, tras acoger un pedimento de los juristas Carlos Olivares y Carlos Balcácer abogados de Gómez Canaán (Jochy) que pidió que finalice la persecución penal contra su cliente por falta de acusadores y en su defecto emita un auto de no ha lugar.

La principal querellante Regina de Reio Herrera y los demas tales Wessin Chávez, Jacinto Peynado Álvarez, Juan Bautista Vicini, Erick Periche, Carlos Manuel Bonetti, Ignacio Ditrén, Bernardo Enrique Pichardo Boyre y Raúl Antonio Lluberes Ferrari, desestimaron de la acusación contra el imputado, según consta en el expediente, tanto por escrito como por omisión.

El ministerio publico representado por el fiscal Germán Vásquez dijo que este caso solo está el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), pero arrastraba una serie de errores procesales que la jueza hizo su evaluación de lo que es la querella así lo entendió, las otras víctimas desistieron una de las que quedaba sus 20 y poco de denunciantes, por lo que está maniatado porque sin querellantes, no pueden continuar con el proceso porque este tipo de ilícito es de acción pública a instancia privada.

En tanto, la jueza Romero en el caso del PLD lo declaró inadmisible por falta de calidad de la querella interpuesta por el Partido porque la dirección de correo electrónica que indicaba en la acusación no era la de ese organismo.

“Porque en la investigación llevada a cabo por el MP no se recopilaron pruebas suficientes para sustentar un juicio de fondo ante la inexistencia de pruebas documentales que nos permitan demostrar la culpabilidad”, explicó Blas Minaya, abogado del PLD.

Según el Ministerio Público, hizo todo lo posible para que el PLD interpusiera la querella de constitución en actor civil directamente al tribunal, sino ante el acusador público.

“Hicimos lo materialmente posible toda vez de que la querella fue presentada directamente ante el tribunal, no ante el MP, lo que ata al MP de poder admitir o no esa querella, en esta etapa no podía pasarle por arriba al juzgador, ya era una decisión del juzgador como establece la norma procesal”, sostuvo Germán Vásquez.

Además, los abogados del imputado solicitaron a la magistrada que se excluyera al PLD como querellante y que declare un no ha lugar a favor de su cliente .