SANTO DOMINGO DE GUZMAN, RD.- El martes 1 de enero del año 2013 entra en vigencia el aumento del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) de un 16% a un 18%, así como un incremento de un 8% a las grasas comestibles, como son los aceites de soya, girasol, de coco y de maíz, entre otros.
Asimismo, el azúcar, café y yogurt, tendrán un aumento de un 8% en sus precios, debido a que fueron agregados a la Ley 253-12, que abarca el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible.
En ese renglón se encuentra la margarina, que es usada principalmente para realizar platos especiales, y el cacao en polvo sin azúcar y sin rellenar.
A estos alimentos se les cargará una tasa impositiva de 8% el próximo año, mientras que en el año 2014 se les subirá un 11%; en el 2015 sufrirán un incremento de un 13% y, en el 2016, quedarán en un 16%.
La Ley 253-12, de la Reforma Fiscal, tiene el propósito fundamental de dinamizar la economía, evitar la evasión impositiva y endurecer las penas contra los evasores de impuestos.
La información fue ofrecida por el Director General de Impuestos Internos (DGII), Guarocuya Félix, quien explicó que los dos puntos porcentuales que implica el aumento del ITBIS para los productos que pasarán de 16 a 18%, es igual a un incremento de un 12.5%.
Recordó que el pasado 10 de noviembre, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley No. 253-12 sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado, que introduce cambios sustanciales a la Ley 11-92 que instituye el Código Tributario de la República Dominicana.
Los productos que están incluidos en la Ley 253 y que pagarán impuestos son: Los yogurts, mantequilla, café, y las grasas animales o vegetales.
Es decir que medio galón de aceite de soya, se vende a RD$169, y con el aumento del 8%, costará a partir del próximo martes 1 de enero, RD$182.52.
Guarocuya Félix informó que para tales fines, desde la pasada semana la Dirección General de Impuestos Internos concluyó con los trabajos en las soluciones informáticas, para aplicar el pago de ITBIS, de un 16% a un 18%, y para el incremento de un 8% a los aceites animales y vegetales, así como al café y al yogurt.