Odebrecht insiste extinguió la acción penal en su contra en la República Dominicana

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SANTO DOMINGO DE GUZMAN, RD.- La constructora Odebrecht afirmó que se encuentra extinguida la acción penal abierta en su contra en República Dominicana por los sobornos que por 92 millones de dólares admitió haber pagado a cambio de asignaciones de obras del Estado.

Alega que el proceso penal quedó extinguido con la homologación del acuerdo que el consorcio hizo con la Procuraduría General de la República, mediante el cual se comprometió a resarcir al Estado con 184 millones de dólares y a cooperar con la investigación a los imputados de haber recibido los sobornos.

Los alegatos fueron hechos por el abogado Robert Valdez, en el recurso de amparo incoado por esa multinacional por ante el Tribunal Superior Administrativo, con el cual persigue que se anule la resolución que la inhabilita provisionalmente a prestar sus servicios como proveedora del Estado Dominicano.

La empresa brasileña Odebrehct procura que se le anule la suspensión de poder continuar construyendo obras nuevas en el país como consorcio suplidor del Estado, decisión que quedó en manos de la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, que se reservó el fallo sin fecha fija.

El abogado Valdez alegó en el citado recurso de amparo, que el acuerdo que se hizo con la Procuraduría y que fue homologado por los tribunales, establece en su artículo 8 que se deja sin efecto la medida provisional de prohibición y todas las demás tomadas contra el consorcio.

Por tal razón, entiende que quedó, por demás, extinguida la resolución que inhabilita provisionalmente a ese consorcio a prestar sus servicios como proveedora del Estado.

La prohibición fue tomada por la Dirección de Contrataciones Públicas a petición de la Procuraduría General de la República y la misma no incluye las obras que para esa fecha se encontraban en construcción.

En la audiencia, Contrataciones Públicas informó al tribunal que el Ministerio Público le envió una carta en la que dice que tienen unas investigaciones penales en curso contra dicho consorcio.

El recurso de amparo fue interpuesto contra la resolución 08-2017, mediante la cual Contrataciones Públicas suspendió de manera provisional las operaciones de esa empresa como suplir del Estado.

La empresa entiende que el acuerdo es suspensivo de la acción penal, por lo que considera que automáticamente quedó levantada la resolución de prohibición de suplidor del Estado.