Leonel Fernández: Jurisdicción internacional no reemplaza la nacional, sino que la complementa

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l ex presidente Fernández invoca el párrafo del artículo 8 del Plan de Regularización, como la vía específica para decidir el estatus de los nacidos en el país de padres en condición irregular.
El ex presidente Fernández invoca el párrafo del artículo 8 del Plan de Regularización, como la vía específica para decidir el estatus de los nacidos en el país de padres en condición irregular.

SANTO DOMINGO DE GUZMAN, RD.- El expresidente Leonel Fernández planteó este lunes que el decreto del Poder Ejecutivo 327-13 es la vía para resolver el estatus de los inmigrantes en situación irregular en República Dominicana, toda vez que por esa vía se respeta la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional (TC), y los derechos de las personas, y en consecuencia la soberanía nacional.

A través de un artículo publicado en el Listín Diario, el presidente del gobernante Partido de la Liberación Dominicana (PLD), argumenta que “al sostener las sentencias del Tribunal Constitucional el carácter de definitivas e irrevocables y ser vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado, resulta inapropiado solicitarle al Presidente de la República, así como a cualquiera otra institución u organismo del Estado, que incumpla con su ejecución. Eso sería incitarle a violar la Constitución y las leyes de la República, lo que conlleva consecuencias penales”.

Después de sustentar la constitucionalidad de la soberanía y el alcance de las sentencias del TC, lo mismo que las prerrogativas de las personas y sus derechos, Fernández entiende que se puede buscar “una solución constructiva que permita conciliar la noción de soberanía nacional con la de respeto a los derechos humanos…” Y señala que para ello “hay que partir del principio de que la jurisdicción internacional no reemplaza o sustituye la nacional, sino que la complementa”.

Al respecto observa que “el Estado nacional conserva, de manera íntegra, sus atribuciones jurisdiccionales para conocer de los hechos y resolver por vía de sentencia. Es lo que ha hecho el Tribunal Constitucional, en una decisión que si bien puede ser considerada controversial, ya tiene la autoridad de la cosa juzgada constitucional, y, por consiguiente, la presunción de verdad jurídica”.

Es ahí donde sostiene que la vía de solución está en la aplicación de las disposiciones del decreto 327-13 del presidente Danilo Medina, mediante el cual se instituye el Plan Nacional de Regularización de extranjeros en situación migratoria irregular.

Agrega que “ese plan confiere la oportunidad de lograr algo sin precedentes en la República Dominicana, que es la de proveer un estatus de legalidad documental a todo extranjero que se encuentre radicado de manera irregular en territorio dominicano”.

El ex presidente Fernández invoca el párrafo del artículo 8 del Plan de Regularización, como la vía específica para decidir el estatus de los nacidos en el país de padres en condición irregular: «Para los nacidos en territorio de la República Dominicana hijos de padres extranjeros en condición migratoria irregular a quienes no les correspondía la nacionalidad dominicana conforme a la normativa vigente, le asistirá la potestad de acogerse a un proceso especial para la naturalización…»