Senado aprueba en primera lectura proyecto de ley de armas

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SENADO RDSANTO DOMINGO DE GUZMAN, RD.- El Senado aprobó  este martes en primera lectura, el proyecto de Ley para el Control y Regulación de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales relacionados, de la autoría del diputado Víctor (Ito) Bisonó.

La iniciativa  procura prevenir y controlar el uso de las armas por parte de la población civil, las armas utilizadas por los militares y policías fuera de reglamento, así como promover el desarme paulatino de la población, mediante el establecimiento de un régimen jurídico.

En otros de los artículos, la Ley establece la depuración de solicitudes de licencia de portación o tenencia de armas de fuego.

También  endurecer  drásticamente el uso, porte, tenencia y comercialización de las armas ilegales, y criminaliza el tráfico de armas de fuego, así como la alteración y modificación del arma de fuego.

La pieza restringe el uso de aquellas armas  con capacidad de disparar ráfagas y lanzar granadas. Establece que sólo debe existir una clasificación de armas de uso exclusivo de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.

En cuanto al marcaje de las armas de fuego y municiones, en la pieza se propone la incorporación de prácticas administrativas realizadas por el Ministerio de Interior y Policía a través de reglamentos.

También incluye la regulación del sector comercial con el otorgamiento estricto de licencias para el comercio con armas de fuego y municiones. Además exige la contratación de una póliza de seguro de vida y de año a tercero.

El proyecto prohíbe a las personas que han sido condenadas por delitos como narcotráfico y lavado de activos, a dedicarse a la comercialización de armas de fuego. Iguales requerimientos se observan en las licencias para la importación de armas de fuego y municiones.

Dijo estar seguro que a través de esta normativa se podrá ayudar a desincentivar el uso de las armas en hechos reñidos con la Ley y que siempre incrementa los índices de violencia y percepción de inseguridad.

El Ministerio de Interior y Policía (MIP), salvo disposición contraria, será responsable de depurar las solicitudes de licencias para fines de portación de armas de fuego, el cual determinará, en cada caso, si el solicitante reúne las condiciones requeridas por la presente ley para que se le pueda expedir la licencia.