SANTO DOMINGO DE GUZMAN, RD.- Los seis imputados del caso Odebrecht que fueron favorecidos con órdenes de libertad por la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) han confrontado serias dificultades para salir de la cárcel Najayo Hombres, de San Cristóbal, debido a que la Procuraduría General de la República no les ha firmado las autorizaciones de excarcelaciones.
Diago Marrero, del consejo de defensa del presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Andrés Bautista, dijo que la Procuraduría le puso como pretexto que para firmar la orden de libertad de su cliente primero debe esperar una autorización de los jueces de la Cámara Penal de la SCJ.
Dijo que la Procuraduría General de la República lo que ha hecho es pervertir el proceso que siempre se ha utilizado para la excarcelación de personas con órdenes de libertad.
Explicó que solo basta que los abogados de los imputados presenten a la Procuraduría General de la República la resolución de orden de libertad, con el pago de las pólizas de seguro.
Declaró que, sin embargo, agotado ese proceso, la Procuraduría General de la República se ha negado a firmar las órdenes de libertad, a la espera de una autorización de la Cámara Penal de la SCJ.
La situación afecta la salida de prisión de los imputados Temístocles Montás, Ruddy González, Radhamés Segura, Andrés Bautista, Máximo D´Oleo Ramírez y César Sánchez.
La Cámara Penal de la SCJ dispuso la libertad mediante el pago de sendas fianzas de los citados imputados, mientras ratificó la prisión contra el empresario Ángel Rondón y el exministro de Obras Públicas Víctor Díaz Rúa. Al abogado Conrado Pittaluga le cambiaron la prisión en la cárcel de Najayo por arresto domiciliario.
El dispositivo establece para Montás, González, Bautista y Segura, presentación periódica durante nueve meses por ante la Procuraduría de Persecución de la Corrupción Administrativa, así como una fianza de 15 millones de pesos e impedimento de salida del país. Esas disposiciones según el tribunal, están establecidas en el Código Procesal Penal.
En tanto que a Sánchez le impusieron las medidas establecidas en el artículo 226 del Código Procesal Penal, consistente en el pago de 10 millones de pesos como garantía económica, impedimento de salida del país y presentación periódica.
A D´Oleo Ramírez, el tribunal le impuso las medidas establecidas en el artículo 226 del Código Procesal Penal, numerales primero, segundo y cuarto, consistentes en una fianza por cinco millones de pesos como garantía económica, impedimento de salida y presentación periódica.
En tanto que a César Sánchez, le impusieron una garantía económica de 10 millones de pesos, presentación periódica e impedimento de salida.
Denuncian trabas PGR
La defensa de Máximo D’Oleo Ramírez deploró las trabas que dice ha puesto la Procuraduría para a libertar a los imputados, y dijo que el procurador Jean Alain Rodríguez está solicitando hasta certificaciones de las empresas aseguradoras mediante las cuales se hicieron los contratos de fianza, lo que a su entender no es más que una necedad del Ministerio Público.