Santo Domingo, RD.- El expresidente de la Junta Central Electoral (JCE) Roberto Rosario requirió este jueves que la Junta Central Electoral que declare inadmisible la candidatura presidencial de Gonzalo Castillo por violación al artículo 196 de la Ley Electoral (15-19) sobre proselitismo político.
“Nosotros estamos pidiendo que se declare inadmisible la candidatura del señor Gonzalo, porque eso es lo que dice la ley, no es porque nosotros queremos”, exclamó el miembro de Fuerza del Pueblo.
El pasado 19 de enero resaltó en la prensa la solicitud hecha por La Fuerza del Pueblo a la JCE a través de una instancia depositada por el diputado Manuel Crespo, su delegado político ante el organismo, pidiendo que la candidatura de Gonzalo Castillo sea declarada inadmisible, donde alegan que en fecha 13 de enero del año en curso el candidato hizo una propaganda gráfica masiva de su persona en todo el país.
Rosario adelantó que la tarde de hoy, a partir de las 4:00 pm, el partido tiene pautada una rueda de prensa donde presentarán pruebas que fortalecerán su petición.
“Nosotros vamos a probar que el presidente de la República, Danilo Medina, ha estado conscientemente violando la Ley Electoral y ese artículo (el 196); y que ha estado haciendo inauguraciones; y que ha usado, incluso para hacer proselitismo, el propio despacho del Jefe de Estado; y que ha promovido candidatos a alcaldías y a otras funciones del Estado, haciéndose acompañar, en algunos casos, hasta del propio candidato presidencial”, anunció el exfuncionario.
El pasado presidente de la Junta señaló que el mandatario ha estado en el despacho del Palacio acompañado de candidatos municipales junto a Gonzalo Castillo, y que saliendo de ahí se ha dicho que esos encuentros se hicieron para apoyar a tal o cual candidato.
«Nosotros vamos a presentar las fotografías, vamos a presentar las imágenes y las informaciones que fueron recogidas dentro de ese periodo», expresó Rosario.
Plan Social de la Presidencia
Roberto Rosario dijo que la Junta Central Electoral, en virtud de lo que establece el artículo 211 de la Constitución de la República, que la obliga a garantizar que en los procesos electorales haya equidad e igualdad, debió de verificar si esas ventas o si esos programas que está haciendo el Plan Social están en el presupuesto y en el plan ordinario de Asistencia Social como dice la Ley Electoral, y una vez comprobado que eso es así o no, entonces emitir una medida cautelar.
«No sugiriéndole que no lo haga, prohibiéndole en virtud de los propios textos legales; pero no solamente verificar si está en los programas, es si aumentó el número de beneficiario como dice la ley», explicó el dirigente político al ser entrevistado en el programa Hoy Mismo, que transmite Color Visión, canal 9.