Roque Espaillat con Ramfis ha metido la pata

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Miguel Espaillat Grullón

Por Miguel Espaillat Grullón 

Ramfis no ha renunciado a la ciudadanía de USA

En varias entrevistas por radio y TV, Ramfis D Trujillo ha declarado que ya ha renunciado a la ciudadanía de los Estados Unidos de Norteamérica. Eso es mentira suya, puesto que posteriormente él ha estado en Nueva York, lo que contradice la ley de inmigración estadounidense, que establece, que después de alguien haber renunciado a la ciudadanía de USA no puede volver a pisar su territorio.  

Para argumentar verazmente mi denuncia, transcribo lo que dice la ley de inmigración de los Estados Unidos al respecto.  Cito:

1 – “El Departamento de Estado de Estados Unidos” a través de su oficina de inmigración y nacionalidad, en su Sección 349 (a) (5) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) (8 USC 1481 (a) (5) establece muy claramente los pasos a dar por el ciudadano norteamericano que decida renunciar a su nacionalidad. 

2 – Entre otras cosas esa ley establece lo siguiente: Toda persona que desee renunciar a su ciudadanía estadounidense debe voluntariamente comparecer personalmente ante un funcionario consular o diplomático de los Estados Unidos en una embajada o consulado de los Estados Unidos establecida en un país extranjero (nunca en territorio norteamericano), y firmar un juramento de renuncia.

3 – Ha de tenerse en cuenta, que esta renuncia sólo puede hacerse en persona y fuera de los Estados Unidos, por lo tanto, no puede hacerse por correo, ni por medio de agentes, o electrónicamente.  Las renuncias que no cumplan con las condiciones descritas anteriormente, no tienen ningún efecto legal.

4 – Una persona que haya renunciado a la nacionalidad estadounidense, automáticamente pierde todos los derechos y privilegios asociados con dicha nacionalidad, como son los beneficios del seguro social, pensión u otros beneficios; además, si una persona renuncia a su nacionalidad norteamericana no puede viajar a los Estados Unidos.  Por otro lado, el acto de renunciar a esta nacionalidad, no evita que las personas sean sometidas a un posible enjuiciamiento por hechos que hayan cometido o puedan cometerse en el futuro, considerados delitos por las leyes de los Estados Unidos, o que eviten el pago de obligaciones financieras, incluidos los pagos de manutención infantil pendientes en los Estados Unidos.

5 – Si el Departamento de Seguridad Nacional determina que la renuncia está motivada por propósitos de evasión de impuestos, la persona será declarada inadmisible en los Estados Unidos.  La renuncia a la ciudadanía estadounidense no puede impedir que un país extranjero deporte a esa persona a los Estados Unidos alegando algún estatus de no ciudadano.

6 – Las personas que pretendan renunciar a la nacionalidad estadounidense deben saber que, a menos que ya posean una nacionalidad extranjera, pueden convertirse en apátridas, y por lo tanto no tendrá la protección de ningún gobierno, por consecuencia tendrá dificultades para viajar, ya que no tendrá derecho a un pasaporte de cualquier otro país. Esta apatridia presenta graves dificultades, por ejemplo, repercute en la capacidad de poseer o alquilar una propiedad, trabajar, casarse, recibir beneficios médicos u otros, y la matriculación a escuelas y universidades, se verá afectada. Los ex ciudadanos de los EE. UU. tendrían que obtener una visa para viajar a los Estados Unidos o demostrar que son elegibles para la readmisión de acuerdo con los términos del Programa de exención de visa. Si no puede calificar para una está visa, a la persona se le puede prohibir ingresar permanentemente a los Estados Unidos.

Irrevocabilidad de la renuncia

7- La renuncia a la nacionalidad estadounidense, y por ende a la ciudadanía, es un acto irrevocable, excepto por dispuesto en la sección 351 de la INA ( 8 USC 1483).), y no puede ser cancelada o reservada sin una revisión administrativa o apelación judicial exitosa. La Sección 351 (b) de la INA establece que un solicitante que renunció a su ciudadanía estadounidense antes de los dieciocho años, puede restablecer esa ciudadanía si realiza ese deseo por ante el Departamento de Estado dentro de los seis meses posteriores a la edad de dieciocho años.

8 – En la historia de los Estados Unidos muy pocas personas han recibido perdón y visas después de renunciar a la ciudadanía americana. Hay objeción al perdón ya que las personas que renuncian a la ciudadanía son consideradas no respetuosas de las leyes norteamericanas y de sus instituciones. Hay personas que han sido puestas en la lista de enemigos de los Estados Unidos, después de renunciar a la ciudadanía norteamericana.

Roque Espaillat con Ramfis ha metido la pata doblemente

9 – Por todo lo dicho y expuesto, está clarísimo que Ramfis D Trujillo ha mentido al país, porque él no ha renunciado a la ciudadanía de los Estados Unidos, lo que lo imposibilita para ser candidato a la presidencia de la República Dominicana.  Dada esta situación, mi pariente Roque Espaillat, al integrar a este Ramfis a su proyecto presidencial” ha metido la pata doblemente”.  Primero, porque se ha dejado engañar por un hombre mentiroso, por un impostor. Y segundo, porque Ramfis representa un proyecto trujillista que constituye una ofensa a la divinidad nacional, razón por la cual, Roque Espaillat, con Ramfis, en vez de ganar, pierde.  

10 – A Roque Espaillat le iba muy bien en su labor proselitista.  Estaba conquistando mucha gente con su discurso opositor, pero con ese error de aliarse con Ramfis, se ha quemado con el pueblo, se ha se ha achicharrado, ha perdido credibilidad. Incluso, he oído decir, que él, Ramfis y Fadul, constituyen «el trío de los tres chiflados”.  Y peor, como Ramfis, para decir que ha renunciado a la ciudadanía estadounidense ha mostrado un documento falso, con ese acto ha cometido el delito de falsificación de documento, por lo que es pasible de ser sometido a la justicia. También, Roque y el doctor Ernesto Fadul pueden ser sometidos a la justicia por complicidad en ese delito. Con estos datos, dejo a mi pariente Roque Espaillat y a mis lectores, que lleguen a sus propias conclusiones.

Posdata

Enlace para entrar la oficina de inmigración que contiene el documento que establece los requisitos para la renuncia a la nacionalidad estadounidense y las consecuencias de ese acto.  

https://travel.state.gov/content/travel/en/legal/travel-legal-considerations/us-citizenship/Renunciaton-USCitizenship-persons-claiming-right-residence.html

Nota: Para la versión en español, haga un clic sobre el documento en inglés, luego, en la ventana saliente haga clic en traducir al español