Diputados aprueban en dos lecturas con modificaciones Ley Orgánica de las FFAA

0
83
La pieza ya aprobada en el Senado, establece que el “Ministerio de Defensa de la República Dominicana” será dirigido por un ministro, el cual deja una brecha para que el presidente de la República designe al frente de esa cartera a un civil.
La pieza ya aprobada en el Senado, establece que el “Ministerio de Defensa de la República Dominicana” será dirigido por un ministro, el cual deja una brecha para que el presidente de la República designe al frente de esa cartera a un civil.

SANTO DOMINGO DE GUZMAN, RD.- La Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó en dos  lecturas consecutivas y con modificaciones  el proyecto  que modifica la ley orgánica que crea el Ministerio de Defensa y que reduce a 40 los generales en los institutos castrenses, por lo que pasa ahora de nuevo al Senado de la República para su estudio y ponderación .

Entre las modificaciones  se establece que la Policía Turística pase a ser dirigida por las Fuerzas Armadas, función esta que desempeña la Policía Nacional.

El pleno de la Cámara Baja acogió el informe rendido por la comisión de Interior y Policía del organismo legislativo, y contó en primera lectura con el voto favorable 87 diputados  y 9 en contra; mientras en la segunda lectura contó con voto 94  favor y 10 en contra.

La pieza ya aprobada en el Senado, establece que el “Ministerio de Defensa de la República Dominicana” será dirigido por un ministro, el cual deja una brecha para que el presidente de la República designe al frente de esa cartera a un civil.

La pieza cambia los nombres de la Marina de Guerra por “Armada Dominicana”, el del Ejército por “Ejército de la República Dominicana” y el de la “Fuerza Aérea de la República Dominicana”.

También reduce el número de generales activos a 40, los cuales estarán divididos en 20 en el Ejército, 10 en la Armada y 10 en la Fuerza Aérea.

El proyecto indica que el jefe será el ministro y además crea el puesto de Comandante General del Estado Mayor Conjunto, quien será el número dos al mando, que será superior a los viceministros, que representen las tres instituciones.

Precisa el proyecto que el Ministro será puesto en retiro obligatorio a los dos años. Sin embargo,  también indica que el presidente de la República, mediante decreto, podrá confirmar por otros dos años al titular.

También el proyecto regula los requisitos para ser asimilados o contratados por el Ministerio.

El rango de General solo será vigente durante 10 años y desde entonces su retiro es obligatorio, a menos que al cumplirlo esté ocupando una posición de mando. Igual sucederá para los rangos de coroneles o capitanes de navío.

A los 25 años de ejercicio, el retiro de un soldado es voluntario pero a los 40 será obligatorio.

En cuanto a los ascensos y retiros solo se realizarán la semana conmemorativa al 27 de Febrero de cada año, fecha en que el país celebra la Independencia Nacional. Sin embargo para ser ascendido el militar debe tener al menos cuatro años en el rango.