Diputados aprueban proyecto de Referéndum; Senado sanciona iniciativa similar

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“Se entiende por referéndum el proceso mediante el cual se convoca a los ciudadanos y ciudadanas para que manifiesten su aprobación o rechazo a las reformas constitucionales que lo ameritan, a las leyes aprobadas por el Congreso Nacional, a los decretos y reglamentos expedidos por el Poder Ejecutivo; así como para conocer su opinión sobre temas de especial importancia para el país”, precisa.
“Se entiende por referéndum el proceso mediante el cual se convoca a los ciudadanos y ciudadanas para que manifiesten su aprobación o rechazo a las reformas constitucionales que lo ameritan, a las leyes aprobadas por el Congreso Nacional, a los decretos y reglamentos expedidos por el Poder Ejecutivo; así como para conocer su opinión sobre temas de especial importancia para el país”, precisa.

SANTO DOMINGO DE GUZMAN, RD.- La Cámara de Diputados declaró de urgencia y  aprobó este martes en dos sesiones el proyecto que regula la celebración de consultas populares mediante referéndum, como lo ordena el artículo 210 de la Constitución de la República.

La pieza contó con el voto favorable de 101 diputados presentes en el hemiciclo, por lo que pasa ahora al Senado para su ponderación y debate.

La iniciativa del perredeísta Carlos Gabriel García, dice que el referéndum es una de las innovaciones más positivas incorporadas a la Carta Magna, proclamada el 26 de enero del 2010, y que no se explica que hayan pasado más de dos años sin que se redactara y discutiera en el Congreso Nacional la ley para su implementación.

Una pieza similar fue aprobada en primera lectura por el Senado, tras la Junta Central Electoral (JCE), haberla presentado, por lo que ahora deberán fusionar ambas piezas congresionales.

El autor de la pieza, solicitó al pleno votar porque se declarara de urgencia y en dos sesiones consecutivas.

“Se entiende por referéndum el proceso mediante el cual se convoca a los ciudadanos y ciudadanas para que manifiesten su aprobación o rechazo a las reformas constitucionales que lo ameritan, a las leyes aprobadas por el Congreso Nacional, a los decretos y reglamentos expedidos por el Poder Ejecutivo; así como  para conocer su opinión  sobre temas de especial importancia para el país”, precisa.

García destaca que por mandato constitucional las consultas populares a través de referéndum no pueden tratar sobre aprobación ni revocación de mandato de ninguna autoridad electa o designada y requerirán de previa autorización congresual, con el voto de las dos terceras partes de los presentes en cada cámara.

Apuntó que la Junta Central Electoral (JCE), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 de la Constitución, es el organismo competente para organizar y dirigir las asambleas electorales para la celebración de mecanismos de participación popular como el referéndum.

El proyecto de ley consigna en su artículo 10 que el referéndum puede ser convocado por el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y por iniciativa popular, con el respaldo al menos del 2% de los electores inscritos en el padrón electoral.

La pieza legislativa precisa que “una norma aprobada mediante referéndum no puede ser objeto de modificación dentro de los dos años de su vigencia, salvo nuevo referéndum o decisión del Congreso, con el voto de las dos terceras partes de los legisladores presentes en cada una de las cámaras. Si el resultado del referéndum deviene negativo, no podrá reiterarse la iniciativa hasta después de dos años”.

García explicó que esa iniciativa permite la participación directa de los ciudadanos y ciudadanas en las grandes decisiones del país, por lo que su implementación fortalecerá la democracia dominicana.

Cristian Paredes, consideró la iniciativa como una herramienta fundamental para expeditar la figura del referéndum, ya que estos se utilizan para buscar mecanismos de políticas públicas, donde la población está dividida.

Indicó que temas como el Metro, la explotación de Loma Miranda, el contrato de la Barrick Gold, entre otros, deben ser sometidos a la población mediante un referéndum.