SE DESTACAN MINISTERIOS DE LA PRESIDENCIA Y RELACIONES EXTERIORES, LA JUNTA CENTRAL ELECTORAL, CDEEE, ALCALDÍA D. N., PROCURADURÍA
TAMBIÉN TRABAJO, INTERIOR Y POLICÍA, OBRAS PÚBLICAS, EDUCACIÓN, CULTURA, CÁMARA DE DIPUTADOS, EL IDAC, INAPA, ADUANAS, CASAD Y OISOE
Santo Domingo, D. N., 11 de mayo del 2016.- La Alianza Dominicana Contra la Corrupción, ADOCCO, presentó este miércoles los resultados del segundo monitoreo de cumplimiento de la Ley 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública, correspondiente al año 2015, a través del Observatorio para el Cumplimiento de la Ley a cargo de las instituciones, centralizadas, descentralizadas, órganos constitucionales, autónomas y adscritas, tomando en consideración una serie de parámetros que van desde el cumplimiento de la ley colocando las informaciones de la institución en el portal web de la misma, calidad de la información relativa a la ejecución presupuestaria, declaración jurada de patrimonio de los que están obligados a presentarla, nominas de funcionarios y empleados, procesos de compras y contrataciones públicas, amigabilidad del manejo de la pagina y fácil interpretación d los datos aportados.
En su informe la organización de la sociedad civil destaca que la investigación responde a que el derecho a la información está consignado en nuestra constitución, específicamente en su Artículo 49.- Libertad de expresión e información. Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa 1) Toda persona tiene derecho a la información. Este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución y la ley; 2) Todos los medios de información tienen libre acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público, de conformidad con la ley.
Destacando que con anterioridad a la consignación de dicha prerrogativa ciudadana a la constitución reformada en el año 2010, el Congreso Nacional, había aprobado en el año 2004 la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública, marcada con el No. 200-04 motivada esencialmente en los instrumentos legales de carácter vinculante globales y regionales, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Naciones Unidas 1948); el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y el Artículo 13 de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica).
La referida ley establece en su Artículo 1.- Toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal, incluyendo: a) Organismos y entidades de la administración pública centralizada; b) Organismos y entidades autónomas y/o descentralizadas del Estado, incluyendo el Distrito Nacional y los organismos municipales; c) Organismos y entidades autárquicos y/o descentralizados del Estado; d) Empresas y sociedades comerciales propiedad del Estado; e) Sociedades anónimas, compañías anónimas y compañías por acciones con participación estatal; f) Organismos e instituciones de derecho privado que reciban recursos provenientes del Presupuesto Nacional para la consecución de sus fines; g) El Poder Legislativo, en cuanto a sus actividades administrativas; h) El Poder Judicial, en cuanto a sus actividades administrativas.
El Observatorio para el Cumplimiento de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública de la Alianza Dominicana Contra la Corrupción, ADOCCO, ha venido desarrollando un programa de monitoreo de las instituciones centralizadas, descentralizadas, autónomas y los Partidos Políticos, en lo relativo al manejo transparente de los recursos públicos, así como de los procesos de compras y contrataciones públicas y lo concerniente al cumplimiento efectivo de la ley 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública, habiendo logrado a través del mismo medir la efectividad y disposición de las instituciones estatales que por el mandato de la constitución y la ley están obligadas a no solo cumplir la disposición, también a promover el uso del instrumento que hoy día puede representar para el uso correcto de los recursos públicos, puestos en manos de los administradores y de los cuales los ciudadanos tienen derechos a saber que se hace con los mismos.
En los resultados del segundo monitoreo de ADOCCO, se destacan como entidades cumplidoras de la referida ley los Ministerios de la Presidencia y Relaciones Exteriores, la Junta Central Electoral, Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales, CDEEE, Alcaldía del Distrito Nacional, los ministerios de Trabajo, de Interior y Policía, de Obras Públicas, de Cultura, de Educación, Administrativo de la Presidencia, de Administración Pública, de Hacienda, la Cámara de Diputados, Procuraduría General de la República, Suprema Corte de Justicia, Instituto Dominicano de Aviación Civil, IDAC, Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo, CAASD, Dirección General de Aduanas, DGA, Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado, OISOE y el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados, INAPA.
Obtuvieron calificación positiva también: la Cámara de Cuentas, Tribunal Superior Electoral, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones, INDOTEL, Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas, FONPER, Liga Municipal Dominicana, Dirección General de Compras y Contrataciones, Departamento Aeroportuario, DA, Instituto de Bienestar Estudiantil, INABIE, Dirección General de Impuestos Internos, DGII, Consejo Nacional de Seguridad Social, CNSS y las alcaldías de San Pedro de Macorís, San José de las Matas, Santo Domingo Este, San Juan de la Maguana, los Alcarrizos, Bani, Moca, Castillo, Villa Jaragua, Barahona, San francisco de Macorís, Puerto Plata, Sabana de la Mar.
De acuerdo al Coordinador General de la Alianza Dominicana Contra la Corrupción, ADOCCO, el uso constante de la herramienta provista por la ley, permitió hacer el levantamiento que califica de significativo al grupo de instituciones públicas, centralizadas, descentralizadas y adscritas, tomando en menor proporción las informaciones solicitadas por empresas, entidades de la sociedad civil y ciudadanos interesados en conocer, fiscalizar y evaluar, sobre la base de los datos proporcionados por usuarios de la herramienta legal y el derecho a los que tenemos los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil, tomando en consideración lo amigable, comprensible, exactitud y confiabilidad de las informaciones servidas.
En sus conclusiones la entidad de lucha contra la corrupción, estableció lo siguiente: “En el seguimiento dado al cumplimiento de la ley, encontramos que algunas instituciones conminan a los solicitantes a llenar un formulario, no obstante las informaciones que deberán ser vertida en el mismo, están contenida en la comunicación de solicitud de información, constituyendo esa acción una traba en virtud de que en la mayoría de los casos registrado encontramos que los que llevaban la solicitud de información eran mensajeros, que en algunos casos o no sabían escribir o sus letras eran ilegible, por lo que en ocasiones tenían que llevarse el formulario consigo para ser llenado por el real solicitante”.
“En conclusión, a partir del uso frecuente que la Alianza Dominicana Contra la Corrupción, ADOCCO, le ha dado a la ley, podemos considerar que los avances en el cumplimiento de la citada ley es positivo si tomamos en consideración que de unas doscientas acciones de amparo incoadas desde el 2009 al 2014, por no entrega de información solicitada se redujo al 2015 a una sola acción de amparo, contra la alcaldía del municipio de Higüey, provincia la Altagracia, información que se obtuvo en el tribunal, luego de varias audiencia”.
“Nuestras recomendaciones, a los fines de lograr el cumplimiento total de la Ley 200-04, están que las instituciones coloque todas las informaciones que luego generalmente son objeto de solicitudes y que los responsables de las oficinas ofrezcan las facilidades a los usuarios para que el llenado de las solicitudes se pueda hacer al momento de presentar la solicitud por parte del personal de la entidad, para que deje de seguir siendo una traba, ese requisito impuesto en alguna dependencias estatales”, terminó diciendo el vocero de ADOCCO.