Diputado del PRM Eugenio Cedeño Areche rechaza extensión de mandato en el PRM y exige celebración de convención interna

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Eugenio Cedeño. diputado de La Romana por el PRM.

SANTO DOMINGO, RD.– El diputado y aspirante a la Secretaría General Nacional del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Eugenio Cedeño, rechazó categóricamente la decisión de la Dirección Ejecutiva del partido de promover la extensión del mandato de las actuales autoridades partidarias.

Para Cedeño, esta medida constituye “un grave precedente político e institucional que contradice la esencia democrática del PRM, vulnera principios constitucionales y desconoce disposiciones expresas de nuestros Estatutos”.

“Como dirigente comprometido con la historia y los principios fundacionales de esta organización, rechazo cualquier intento de posponer la convención ordinaria destinada a renovar nuestras autoridades internas”, afirmó el legislador.

Un mandato constitucional y estatutario
Cedeño recordó que la democracia interna no es opcional, sino un mandato consagrado en la Constitución, la Ley de Partidos y los propios Estatutos del PRM.

Citó el artículo 216 de la Constitución, que establece que los partidos deben organizarse sobre la base del respeto a la democracia interna y la participación ciudadana, así como la Ley No. 33-18, que obliga a las organizaciones políticas a elegir periódicamente sus autoridades.

En el plano interno, destacó que el artículo 5 de los Estatutos del PRM consagra la soberanía partidaria en la militancia, mientras que los artículos 11, 20 y 21 garantizan la institucionalidad y la participación de las bases en la vida del partido.

De manera específica, el artículo 51 regula el proceso convencional y la renovación periódica de autoridades, y el artículo 52 ordena que la Comisión Nacional de Elecciones Internas inicie los preparativos con un año de antelación al vencimiento del mandato.

“Esta disposición demuestra que el constituyente interno del partido jamás contempló la posibilidad de suspender, congelar o posponer indefinidamente la convención ordinaria. Los Estatutos parten de la premisa obligatoria de que las elecciones internas deben realizarse en el plazo correspondiente”, sostuvo.

Cuestionamientos a la Dirección Ejecutiva
El aspirante cuestionó por qué no se convocó oportunamente a la Comisión Nacional de Elecciones Internas ni se inició el cronograma organizativo que ordena el artículo 52.

“¿Por qué ahora se pretende sustituir la obligación estatutaria de celebrar elecciones por una extensión extraordinaria de mandatos? La omisión deliberada de activar la Comisión no puede convertirse en fundamento para restringir el derecho de la militancia a elegir sus autoridades”, expresó.

Cedeño advirtió que el PRM nació precisamente luchando contra las imposiciones, las prórrogas de cúpulas y los mecanismos excluyentes. “La democracia interna no debilita al partido, lo fortalece. El voto de la militancia no amenaza la estabilidad nacional, la legitima”, agregó.

Llamado a la militancia
El diputado afirmó que ningún órgano partidario puede colocarse por encima de la Constitución, la ley y los Estatutos, ni una mayoría circunstancial puede sustituir el derecho soberano de la militancia a elegir y ser elegida.

“El PRM debe decidir hoy si seguirá siendo el partido de las bases y de la democracia interna, o si terminará recorriendo el mismo camino de degeneración institucional que destruyó otras grandes organizaciones políticas del país”, señaló.

Cedeño reiteró su defensa firme de la celebración obligatoria y oportuna de la convención interna, el voto directo y universal de la militancia, y el respeto íntegro a la Constitución, la Ley 33-18 y los artículos 5, 11, 20, 21, 51 y 52 de los Estatutos del PRM.

“La historia del PRM no puede terminar donde comenzó la crisis de otros partidos: sustituyendo la voluntad de las bases por acuerdos nacidos del incumplimiento de funciones orgánicas o del interés personal de perpetuarse en cargos más allá del mandato soberano”, concluyó